附智利宪法第126a条:
”Son territorios especiales los correspondientes a Isla de Pascua y al Archipiélago Juan Fernández. El Gobierno y Administración de estos territorios se regirá por los estatutos especiales que establezcan las leyes orgánicas constitucionales respectivas.
Los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde cualquier lugar de la República, garantizados en el numeral 7o del artículo 19, se ejercerán en dichos territorios en la forma que determinen las leyes especiales que regulen su ejercicio, las que deberán ser de quórum calificado.“
机翻一下大约是:”复活节岛和胡安费尔南德斯群岛周边的地域为特别区;这些领土的政府和管理将会由各自宪法制定的相关法律规定的方式管辖。
第19条第7款所保障的在共和国任何地方居住、停留和往返的权利,应在上述领土内按照规定行使这些权利的特别法律确定的方式行使,这些权利应达到法定人数。“
https://es.wikisource.org/wiki/Constituci%C3%B3n_Pol%C3%ADtica_de_la_Rep%C3%BAblica_de_Chile#Disposiciones_Especiales